Para entrar legalmente en una vivienda, el ICE generalmente necesita una orden judicial firmada por un juez. Sin embargo, muchas veces los agentes pueden presentar órdenes administrativas, que no autorizan la entrada forzada en una vivienda.
Órdenes administrativas: Estas son emitidas por el propio ICE o por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y no tienen la autoridad para permitir la entrada sin consentimiento.
Órdenes judiciales: Estas son emitidas por un juez y pueden autorizar a los agentes a entrar sin necesidad del permiso de los residentes.
Si el ICE llama a su puerta, pida ver la orden sin abrir la puerta. Si se trata de una orden judicial, verifique que tenga el nombre correcto, la dirección exacta y la firma de un juez.
¿Cuándo puede el ICE entrar en su vivienda? El ICE solo puede entrar en su vivienda si:
- Tienen una orden judicial firmada por un juez.
- Usted o alguien en la casa les da permiso para entrar.
- Hay una emergencia o una situación de “persecución en caliente”, lo que significa una persecución en curso.
Importante: Si los agentes no tienen una orden judicial, no está obligado a abrir la puerta. Puede comunicarse con ellos sin abrir, a través de una ventana o deslizando un documento por debajo de la puerta.
Sus derechos cuando el ICE le visita
- No abra la puerta a menos que le muestren una orden judicial.
- Pida ver la orden a través de la puerta o ventana.
- No firme ningún documento sin consultar primero con un abogado.
- Guarde silencio: Tiene derecho a no responder preguntas sobre su estatus migratorio.
- No presente documentos falsos ni mienta: Esto puede perjudicarle legalmente.
- Si le arrestan, tiene derecho a un abogado y a hacer una llamada telefónica.
Recomendaciones finales
- Tenga a mano el número de teléfono de un abogado de inmigración, (619) 768-2865
- Informe a su familia sobre estos derechos y cree un plan de emergencia.
- No permita que los agentes del ICE entren sin una orden judicial.

