Abogados de bancarrota del Capítulo 13 en San Diego

Abogados de Bancarrota del Capítulo 13 en San Diego: Conserve su Casa

Consulta gratuita. Llame al (619) 230-0330 o solicite una evaluación gratuita de bancarrota para hablar hoy con un abogado de bancarrota del Capítulo 13 en San Diego.

La bancarrota del Capítulo 13 en San Diego permite a las personas y familias resolver sus deudas sin entregar sus bienes. A menudo llamada el plan del asalariado, permite a los solicitantes que califican pagar una parte estructurada de sus deudas durante tres a cinco años mientras conservan su casa, su coche y otros bienes. Nuestros abogados de bancarrota del Capítulo 13 en San Diego diseñan planes de pago aprobados por el tribunal que detienen la ejecución hipotecaria, frenan el acoso de los acreedores y ofrecen un camino claro hacia la estabilidad. No hay costes iniciales y la consulta es gratuita.

¿Qué es la bancarrota del Capítulo 13?

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El Capítulo 13 es una bancarrota de reorganización para personas con ingresos regulares. En lugar de liquidar sus bienes, usted propone un plan de tres a cinco años para ponerse al día con las deudas atrasadas mientras conserva lo que posee. En el momento en que presenta la solicitud, la suspensión automática de la sección 362 del Código de Bancarrota detiene la ejecución hipotecaria, los embargos de salario, las llamadas de cobro y otras acciones de los acreedores, y sigue vigente durante todo el plan. Esto hace que el Capítulo 13 sea especialmente valioso para los propietarios que enfrentan una ejecución hipotecaria, para quienes tienen un valor líquido importante que proteger y para quienes tienen ingresos demasiado altos para calificar al Capítulo 7.

¿Quién califica para el Capítulo 13?

El Capítulo 13 es una buena opción si usted tiene ingresos regulares y sus deudas están dentro de los límites de elegibilidad de la sección 109(e) del Código de Bancarrota. Usted puede ser un buen candidato si:

  • Está atrasado en su hipoteca y quiere detener una ejecución hipotecaria
  • Gana por encima del umbral de la prueba de recursos del Capítulo 7
  • Tiene bienes no exentos que desea proteger de la liquidación
  • Tiene codeudores que desea proteger de las acciones de los acreedores
  • Recibió una cancelación del Capítulo 7 en los últimos ocho años y aún no puede volver a presentar el Capítulo 7
  • Tiene atrasos o ciertos impuestos que pueden pagarse a través de un plan

Los límites de deuda se ajustan cada tres años. Para los casos presentados entre el 1 de abril de 2025 y el 31 de marzo de 2028, usted debe tener menos de $1,580,125 en deuda garantizada y menos de $526,700 en deuda no garantizada no contingente y liquidada.

Cómo funcionan los planes de pago del Capítulo 13

Usted propone un plan que muestra cómo pagará a los acreedores durante el periodo del plan. Las deudas prioritarias y garantizadas (los atrasos de la hipoteca, los pagos del coche y ciertos impuestos) generalmente se pagan en su totalidad, mientras que las deudas no garantizadas, como las tarjetas de crédito y las facturas médicas, pueden pagarse solo en parte, o nada, según su ingreso disponible. La duración del plan la fija su ingreso: tres años si está por debajo de la mediana de California, hasta cinco años si está por encima. Cuando termina el plan, las deudas no garantizadas restantes que califican quedan canceladas bajo la sección 1328 del Código de Bancarrota.

Herramientas poderosas que solo ofrece el Capítulo 13

  • Poner al día la hipoteca y detener la ejecución hipotecaria. Los pagos atrasados de la hipoteca se distribuyen a lo largo del plan mientras usted se mantiene al corriente en adelante.
  • Reducción de saldo del préstamo de coche. Para un préstamo de vehículo de más de 910 días, a veces se puede reducir el saldo al valor actual del coche, bajando su pago.
  • Eliminación de gravamen. Si su casa vale menos que el saldo de la primera hipoteca, a veces se puede eliminar una segunda hipoteca o línea de crédito (HELOC) totalmente sin garantía.
  • Suspensión para codeudores. El Capítulo 13 puede proteger a los codeudores de deudas de consumo frente al cobro durante su plan, una protección que el Capítulo 7 no ofrece.

El proceso del Capítulo 13, paso a paso

1
Consulta gratuita y diseño del plan
Revisamos sus ingresos, deudas y objetivos y trazamos un plan realista sin costo.
2
Asesoría crediticia y presentación
Usted completa el curso obligatorio de asesoría crediticia, y presentamos su petición y el plan propuesto ante el Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos para el Distrito Sur de California. La suspensión automática comienza de inmediato.
3
Reunión del artículo 341 y confirmación
Lo representamos en la reunión de acreedores del artículo 341 y en la audiencia de confirmación, respondiendo cualquier objeción del fideicomisario o de los acreedores.
4
Pagos del plan
Usted hace pagos mensuales al fideicomisario del Capítulo 13, quien los distribuye a los acreedores.
5
Finalización y cancelación
Después de completar el plan y un breve curso de educación del deudor, el tribunal cancela las deudas restantes que califican.

Cronograma del Capítulo 13 en San Diego

EtapaTiempo típico
Comienza la suspensión automáticaEl día de la presentación
Reunión de acreedores del artículo 341Unos 30 a 45 días después de presentar
Audiencia de confirmación del planGeneralmente a los pocos meses de presentar
Duración del plan3 años (bajo la mediana) a 5 años (sobre la mediana)
CancelaciónTras completar el plan con éxito

Preguntas frecuentes

Sí. Presentar la solicitud activa de inmediato la suspensión automática (sección 362 del Código de Bancarrota), que detiene la ejecución hipotecaria. Su plan de pago luego incorpora el monto atrasado de la hipoteca para que usted se ponga al día durante tres a cinco años mientras mantiene los pagos corrientes. Muchos propietarios de San Diego han salvado su casa de esta manera.
El Capítulo 13 tiene límites de elegibilidad bajo la sección 109(e) del Código de Bancarrota, que se ajustan cada tres años. Para los casos presentados entre el 1 de abril de 2025 y el 31 de marzo de 2028, usted debe tener menos de $1,580,125 en deuda garantizada y menos de $526,700 en deuda no garantizada no contingente y liquidada. Si sus deudas superan estos límites, el Capítulo 11 puede ser una opción.
El Capítulo 13 es para personas con ingresos regulares que pueden financiar un plan de pago y cuyas deudas están dentro de los límites de la sección 109(e). Es especialmente útil si usted está atrasado en la hipoteca, tiene ingresos superiores al umbral de la prueba de recursos del Capítulo 7, o tiene bienes no exentos que desea conservar.
Sí. El Capítulo 13 le permite conservar su propiedad poniéndose al día con los pagos atrasados a través del plan. En algunos casos, una reducción de saldo (“cramdown”) ajusta el saldo de un préstamo de coche de más de 910 días al valor actual del vehículo, bajando su pago. Si su casa vale menos de lo que debe en la primera hipoteca, a veces se puede eliminar por completo una segunda hipoteca totalmente sin garantía.
Los planes duran tres años para quienes tienen ingresos por debajo de la mediana de California y hasta cinco años para quienes están por encima. Completar el plan cancela las deudas no garantizadas restantes que califican, bajo la sección 1328 del Código de Bancarrota. La suspensión automática lo protege durante todo ese tiempo.
No pagar puede llevar a la desestimación del caso, pero si sus circunstancias cambian, como la pérdida de empleo o una emergencia médica, a menudo podemos modificar el plan. Ayudamos a los clientes a ajustarse de forma proactiva para que un contratiempo temporal no termine el caso.
Depende de sus ingresos, bienes y objetivos. El Capítulo 7 elimina la mayoría de las deudas no garantizadas en unos meses y conviene a quienes tienen menores ingresos. El Capítulo 13 protege sus bienes y le permite ponerse al día con la hipoteca o el coche a lo largo del tiempo, y está disponible cuando sus ingresos son demasiado altos para el Capítulo 7. Lo ayudamos a elegir en su consulta gratuita.
Un Capítulo 13 permanece en su informe de crédito hasta siete años, y muchos solicitantes reconstruyen su crédito durante y después del plan. Hay un arancel de presentación judicial y nuestro despacho cobra honorarios fijos, que a menudo se pagan en parte a través del propio plan. Usted recibe total transparencia de costos en su consulta gratuita.

Sobre el abogado: Maxwell C. Agha

Maxwell C. Agha es el socio fundador de Banker’s Hill Law Firm, A.P.C. Obtuvo su Doctorado en Derecho de la Universidad de San Diego en 1988 y tiene más de 35 años de experiencia. Junto a nuestro equipo, diseña planes de pago del Capítulo 13 realistas que mantienen a las familias de San Diego en sus hogares, con precios claros y una consulta inicial gratuita.

Ofrecemos representación bilingüe en inglés, español, ruso, árabe, lao y cantonés. View this page in English.

Redactado y revisado legalmente por Maxwell C. Agha, abogado principal, Banker’s Hill Law Firm, A.P.C. Última revisión: septiembre de 2026. Esta página es información legal, no asesoramiento legal.

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